miércoles, 29 de diciembre de 2010
La biga y la paja
El 30 de junio de 1982 y en virtud de los acuerdos suscritos entre el partido del gobierno de entonces de UCD de Calvo Sotelo y el PSOE, se aprueba en el Congreso de los Diputados la ley orgánica, L.O.A.P.A. (Ley Orgánica de Armonización del Proceso Autonómico) cuya filosofía y objetivos voy a obviar porque mi intención es poner de relieve la disparidad de criterios que les ha merecido a los nacionalistas, tanto vascos como catalanes, las sentencias emitidas por los tribunales de justicia españoles, dependiendo siempre del fallo.
La LOAPA, según los criterios de los nacionalistas, tanto de izquierdas como de derechas, era una ley que atentaba contra los intereses de todo tipo, de las comunidades autónomas llamadas "históricas" y además, creyeron que gran parte del articulado de dicha ley, era susceptible de ser anticunstitucional, emprendiendo a partir de la aprobación, tanto la Generalitat de Cataluña, como el Gobierno Vasco, un alud de recursos ante el Tribunal Constitucional, sentenciando éste, al cabo de cierto tiempo, la inconstitucionalidad de la ley en gran parte de su articulado. Todos, tanto gobierno como la oposicion mayoritaria, acataron la sentencia con respeto, y en base a lo quedó aprovechable, (14 de los 38 artículos que componían la ley, fueron declarados inconstitucionales) se elaboró otra nueva ley, teniendo en cuenta en esta ocasión, el veredicto que había emitido el TC.
No hubieron manifestaciones masivas ni escándalos mediáticos en contra de la sentencia; ni hubieron tampoco llamadas a la sumisión y desobediencia civil, por parte de los que los nacionalistas han dado en llamar tan despectivamente, la caverna mesetaria retógrada y fascista. No se tuvieron entonces en consideración, la legitimidad del Parlamento Español ni su soberanía, ante una ley que había sido aprobada por más de dos tercios de la cámara. Todo fueron, en cambio, parabienes y agradecimiento hacia el alto tribunal, por entonces, por haber estado tan acertado y por haber hecho de la justicia, una herramienta al servicio de la verdad y la razón; viendo en él, la garantía de que la justicia debía ser quién pusiera los puntos sobre las ies en este tipo de situaciones, donde debería prevarecer ante todo lo demás, el encaje de cualquier ley en la Constitución Española del 78, votada y refrendada por la inmensa mayoría del pueblo español.
Pasaron los años, y en base a una iniciativa del PSC y alentada por el resto de partidos catalanes, (excepto el PP que se autoexcluyó de cualquier tipo de participación, por considerar que la propuesta atentaba contra la Constitución, la unidad de España y la solidaridad entre sus regiones) y por el PSOE de Zapatero, ya en el poder, en un foro compuesto por dichos partidos, denominado "Pacte del Tinell", se acuerda elaborar un nuevo estatuto de autonomía donde se mejoraría obtensiblemente el autogobierno de Cataluña, especialmente en asuntos identitarios y de gestión de los recursos. Se aprobó rapidamente dicho nuevo estatuto por parte de los partidos que lo habían articulado y se sometió a votación con la misma urgencia en el Parlament de Catalunya, por la mayoría de sus miembros. En posteriores votaciones y según está previsto en la ley, tanto por el Parlamento Español como por el Senado, fue tambien aprobado.
El 18 de Junio de 2006, se sometió a referendum, cuya participación fue del 48,85% y fue aprobado por el 73,90% de los votos emitidos y el 35,43% de los ciudadanos llamados a votar.
A partir de entonces, el PP y otras instancias como el Defensor del Pueblo, plantean ante el Tribunal Constitucional un recurso donde figuraban buena parte del articulado del nuevo estatuto, siendo aceptado a trámite para su posterior revisión. Después de un larguísimo periodo de cuatro años donde no faltaron desavenencia internas por razones de representatividad y desacuerdos entre PP y PSOE, con respecto a su composición, el Tribunal emite una sentencia en la cual, parte del articulado del texto estatutario es declarado incontitucional.
Ante el fallo de TC, en este caso, la reacción de los partidos nacionalistas, socialistas y comunistas y parte de los medios de comunicación catalanes, fue completamente distinta a la que habían tenido con el fallo sobre la LOAPA. En este caso, se apeló a la legitimidad y la soberanía tanto del Parlamento Catalán como de las Cortes Españolas y la ciudadanía, que deberían -ahora que según ellos les perjudicaba- estar por encima de cualquier tribunal de justicia.
Esta vez si hubo convocatoria de manifestaciones, incluso presididas por el Presidente de la Generalitat, y todo tipo de actos de repulsa a la sentencia, donde el nivel de descalificaciones y de falta de respeto hacia la figura del Alto Tribunal, fue y sigue siendo en Cataluña escandalosa; sin que nadie, eso sí, aportara ni un solo argumento jurídico con que justificar el desacuerdo con dicho veredicto, que según mi humilde entender, se ajustaba y se sigue ajustando al espiritu y a la letra del texto constitucional. Otra cosa es que haya dentro de la Constitución aspectos con los que discrepar, que los hay, no sólo desde el punto de vista nacionalista tanto vasco como catalán, sino que hay ciudadanos que por su ideología y por su condición social y cultural, también les gustaría que la carta magna encajara más en su forma de pensar y de sentir y atendiera mejor sus intereses económicos, sociales y culturales. Pero una Constitución no puede adaptarse al interés de un grupo determinado en detrimento del resto, sino que dentro de lo posible, en un estado capitalista, debe existir el máximo de aceptación, y para ello, existen suficientes mecanismos políticos y jurícos que garantizan el ejercicio democrático de participar como votante a través de las personas que nos representan en las diversas instituciones de cualquier ámbito del poder político, o como candidato aspirante a representar una opción política determinada. La Contitución Española no es una texto cerrado donde no exista la posibilidad de reformas; no obstante, éstas, deben hacerse de acuerdo con las normas y leyes establecidas para ello y no por el capricho o intereses de minorías.
Para cualquier democracia, supone un tremendo perjuicio, que partidos políticos e instituciones públicas, desacaten y tengan actictudes irrepetuosas con los veredictos de los tribunales de justicia, apelando incluso, a la desobediencia civil de sus ciudadanos; dando lugar con ello, a que éstos. se encuentren moralmente legitimados para incumplir cualquier ley u ordenanza. Poca autoridad moral tiene una institución pública que no se atiene al veredicto de un tribunal de justicia y que incita, además, a los ciudadanos al desacato de la leyes.
Todo ello, ante una sentencia que en ningún momento menoscaba ni prohibe el catalán en las escuelas sino que establece la obligación de que por parte de la Generalitat se tengan en cuenta el castellano como lengua cooficial, en algunos casos, con respecto a la inmersión linguistica.
Nadie ha dado ante esta sentencia, ningún argumento jurídico que justifique el escándalo que han organizado los nacionalistas tanto de derechas como comunistas. Todo han sido consideraciones y opiniones completamente subjetivas, expresadas con visceralidad y falta de rigor jurídico. En un Estado de Derecho, las leyes están para cumplirlas y los veredictos de los tribunales para acatarlos.
La función de un tribunal, no es la de hacer leyes ni de modificarlas, sino de interpretarlas y aplicarlas desde criterios extrictamente jurídicos, sin tener en consideración ningún otro aspecto. Por lo tanto, debería ser sobre las leyes que consideramos injustas, contra las que deberíamos actuar y no contra las personas o las instituciones que se ocupan de aplicarlas. En el caso de Cataluña, tanto en el veredicto sobre el Estatuto, como en el reciente emitido por el Tribunal Supremo sobre la enseñanza del castellano en las escuelas, deberían sus detractores extraer de dichos veredictos, argumentos jurídicos que justificaran su malestar y no consideraciones políticas, y si no los encuentran, que utilicen los medios que el Estado de Derecho pone a su disposición, para cambiar cualquier ley por muy alto que sea su rango.
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